Es uno de los temas que más preocupan a los padres de intención y sobre el que hay mayor confusión: las carencias en los seguros de Gestación Subrogada.
Pues vamos a dejarlo claro desde el principio:
La póliza que cubre a nuestro bebé NO TIENE CARENCIA
El bebé tiene todos los derechos de la póliza desde el momento del nacimiento. Dicho así puede sonar un tanto inverosímil. Cualquiera que haya solicitado información acerca de estos seguros, le han hablado de 8 meses, 10 meses, etc. Pero NO ES UNA CARENCIA.
No debemos olvidarnos de las bases de este seguro. Esta póliza se contrata para el adulto, para el futuro papá o mamá, no para el bebé. Lo que nos dan estas pólizas es un DERECHO a incluir al bebé CON TODOS SUS DERECHOS, desde el mismo momento del nacimiento, siempre y cuando se produzcan una serie de condiciones.
¿Y cuáles son esas condiciones?
Las condiciones se limitan a una, que la póliza tenga una antigüedad mínima de 8 meses en el momento del nacimiento del bebé.
Sabiendo esto,
¿Cuándo debemos contratar el seguro?
Mi consejo es no jugar a la ruleta rusa. Muchos padres calculan 8 meses hacia atrás desde la fecha de nacimiento. Pero esto es muy, muy arriesgado. Por ejemplo, si más o menos sabemos que el bebé nacerá en la primera quincena de octubre de 2021, bastaría que la póliza estuviera contratada antes del 1 de febrero de 2021.
Pero claro, esto no son matemáticas exactas.
El parto se puede adelantar y, en un porcentaje muy elevado de nacimientos con algún tipo de contratiempo, esto va ligado a partos prematuros. Por tanto, hagamos de nuevo las cuentas. Si el bebé debe nacer la primera quincena de octubre y se adelanta 2 meses, nacerá en agosto, por lo que la póliza debería estar contratada en diciembre del año anterior. Si el bebé naciera a los seis meses, pues en Noviembre.
Mi consejo: contratar el seguro por lo menos un mes o dos antes de la transferencia embrionaria.
¿Y qué pasa si la póliza no tiene esos 8 meses de antigüedad?
¿Podremos dar de alta como asegurado a nuestro hijo?
Si en el momento del nacimiento del bebé, la póliza no tiene 8 meses de antigüedad, podremos dar de alta al bebé, pero para ello nos van a pedir que rellenemos un cuestionario médico. Como es normal, si el bebé ha nacido con algún tipo de patología, no lo van a aceptar como asegurado, y si ha nacido sano, no van a querer incluir la cobertura en USA, por lo que, a efectos prácticos, es como no poderlo asegurar.
¿Cuándo debemos dar de alta a nuestro hijo como asegurado?
Ambas compañías nos dan un mes de plazo para poder incluir a nuestro hijo como asegurado adicional en nuestra póliza, no obstante, cuanto antes lo hagamos mejor y, por supuesto, para que la Compañía acepte cualquier factura de nuestro hijo, es condición sine qua non, que esté asegurado.
Como siempre, desde la Correduría de Seguros Vallejo Gomila, nos ponemos a disposición de los padres de intención para aclarar estas y otras dudas, relacionadas con los seguros, que pudieran surgir.
Qué, cuál y con quién contratar el seguro, puede ser variable en función de determinadas variables y circunstancias, pero lo que es altamente peligroso es no contratar ningún seguro. Las facturas del sistema sanitario americano pueden ser estratosféricas. La tranquilidad no tiene precio.